Fue noticia a finales de julio y se publicó en el BOE del 31 de agosto de 2011: Las pocas competencias que aún le quedan al Estado en cuestiones taurinas pasan del Ministerio de Interior al de cultura (cada vez más minúscula). Y se justificaba en los siguientes términos:
¿Disciplina artística? Supongo que el objetivo es bloquear las medidas de la Generalitat de Catalunya...
“No obstante, la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos, en su artículo 4.1, y de acuerdo con el artículo 149.2 de la Constitución Española que consagra, sin perjuicio de las competencias que podrán asumir las Comunidades Autónomas, el servicio de la cultura como deber y atribución esencial del Estado, prescribe que la Administración del Estado pueda adoptar medidas destinadas a fomentar y proteger las actividades a las que se refiere dicha ley, en atención a la tradición y vigencia cultural de la fiesta de los toros.
Entendida la tauromaquia como una disciplina artística y un producto cultural, se entiende que las competencias del Estado en orden a su fomento y protección tienen su correcta ubicación en el Ministerio de Cultura, por lo que, haciendo uso de la potestad de autoorganización de la Administración, se modifica la actual asignación de la presidencia de la Comisión Consultiva Nacional de Asuntos Taurinos al Ministro del Interior, o autoridad en quien éste delegue, pasando en los mismos términos al Ministro de Cultura, y se traspasan al Ministerio de Cultura las funciones que hasta ahora detentaba el Ministerio del Interior, respecto a dicho órgano colegiado de carácter consultivo, a los registros taurinos y al fomento y protección de la tauromaquia”.¿Disciplina artística? Supongo que el objetivo es bloquear las medidas de la Generalitat de Catalunya...
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