(Con licencia del Ministro de Educación por escribir, excepcionalmente, en latín)
Al perro flaco... La Hacienda Española deberá devolver unos cuantos millones de euros... que pagaremos a escote.
No obstante, el Tribunal acepta la legalidad del impuesto cuando los soportes se aplican a uso personal... Así, pues, mientras en derecho penal impera la presunción de inocencia, en la práctica recaudatoria, prevalece un principio muy diferente... a no ser que desarrollemos actividades empresariales: en la UE las prerrogativas empresariales están por encima de los derechos de los individuos.
Artículo 44. 1 de la Constitución Española: "Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho."
Corolario:
1. En la Unión Europea los derechos corporativos de explotación comercial están por encima de los derechos de acceso a la cultura. Está en nuestras manos aceptarlo pasivamente o no.
2. Si pagamos por quebrantar los "derechos de autor", seamos consecuentes.
No hay comentarios:
Publicar un comentario