miércoles, 11 de mayo de 2011

El tribunal supremo establece la diferencia entre "obra fotográfica" y simple fotografía


Las dificultades que entraña la consideración estética (y creativa) de la fotografía no existen para el Tribunal Supremo. Según recoge elPeriódico,
"El Tribunal Supremo ha dictaminado que no todas las fotografías son susceptibles de ser consideradas "obra fotográfica" y contar por ello con la protección de derechos de autor, pues para ello se precisa "una mínima altura creativa" que las convierta en creación artística.
La sentencia hecha pública este martes resuelve un litigio entre United Biscuits Iberia S.L. y el fotógrafo Daniel Virgili, que demandó a la compañía por considerar que su obra, realizada para ser incluida en unos envases alimenticios, había sido "violada" al seguirse distribuyendo tras quedar extinguida la cesión de uso de la misma."
La demanda había sido rechazada previamente —por las mismas razones— por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Barcelona y por la Audiencia Provincial. Según recogen los medios de comunicación, el ponente del Tribunal Supremo, don Jesús Corbal Fernández, entiende por "creatividad necesaria" (para ser considerada obra fotográfica):
"un esfuerzo intelectual (talento, inteligencia, ingenio, invectiva o personalidad que convierte a la fotografía en una creación artística o intelectual) sin que la singularidad radique en el objeto fotográfico o en la mera corrección técnica, sino en la fotografía misma, en su dimensión creativa".
Alguien debería pedir al magistrado que desarrollara con un más amplitud lo que él entiende por "talento", "inteligencia", "ingenio", "invectiva", "personalidad"... "dimensión creativa de la fotografía". 
A lo mejor, cuando conozcamos la sentencia íntegra nos encontramos con el tratado estético que estábamos esperando desde la muerte de Velázquez.

2 comentarios:

  1. Dentro de mi ignorancia en el campo del derecho si una empresa no cumple un contrato debería ser penalizada y no salir victoriosa de una demanda así, verdad?
    además, el trabajo de una persona sea considerado obra artística o no, sigue siendo de ese mismo autor.
    los jueces también son críticos de arte?
    después de todo...siempre gana el mas fuerte

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  2. Los jueces juzgan, en base a leyes e intuición, actos e intenciones… y hoy: arte.



    La clave está en quién juzga su intención…o dicho de otro modo, su interpretación legal en los vacios legales existentes. ¿Quién juzga a los jueces? Espero que, al menos hoy, el arte.



    No hará falta hablar de quién insulta a quién, si el Supremo al arte o a su ignorancia, o quizás el arte al Supremo. Lo que sí que parece claro es la abrumadora capacidad de frivolizar todo cuanto se mueve que tiene, ha tenido y tendrá le ley.



    Pero no todo está perdido: vivimos en un Estado de Derecho… o de revés, porque con cosas así quién necesita encontrarse…

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